Descripción
- Personas físicas y Fideicomisos
- Los inmuebles que no gozan de ninguna exención y a la vez poseen un valor conjunto superior a (RD$7,438,197.0).
- Para los fideicomisos cualquier inmueble que no goce de una exención independientemente de su valor.
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Todas las viviendas.
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Solares urbanos.
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Inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales y profesionales.
Personas físicas: se aplica una tasa de 1% sobre el valor excedente de RD$7,438,197.0 del patrimonio gravado.
Fideicomisos: el 1% sobre el valor de los inmuebles.